miércoles, 27 de julio de 2011

Importancia del índice glicémico

Cuando se ingiere un alimento que contiene hidratos de carbono, comienza inmediatamente un proceso de digestión que se inicia en la boca con la masticación y finaliza en el colon. Durante este proceso, los hidratos de carbono constituidos por macromoléculas como el almidón o la maltosa experimentan una serie de reacciones químicas que los transforman en moléculas más pequeñas, mientras que los azúcares sencillos se absorben más rápidamente a través de la pared intestinal. Algunos de estos azúcares sencillos como la glucosa pasan inmediatamente a la sangre mientras que otros son llevados al hígado donde son transformados en glucosa que es el "combustible" primario del organismo.
Por lo tanto, la capacidad de un hidrato de carbono para generar glucosa depende, sobre todo de su composición. Los azúcares sencillos, al absorberse rápidamente, producen una respuesta glucémica rápida (tienen un índice glucémico elevado), mientras que los hidratos de carbono más complejos suelen tener un índice glucémico más bajo (*) Es muy importante, tener en cuenta que la complejidad del hidrato de carbono no siempre es sinónimo de índice glucémico bajo. Por ejemplo, la fructosa que es un azúcar sencillo, prácticamente igual a la glucosa (*), tiene un índice glucémico de 10, mientras que el pan blanco de trigo, constituido casi por completo por almidón, tiene un índice glucémico de 60-70. Esto se debe a que la fructosa, pese a que no necesita un proceso de digestión para absorberse, tiene que pasar primero por el hígado para ser utilizada, mientras que el pan, en cuando llega al estómago es parcialmente hidrolizado formando glucosa que pasa a la sangre de inmediato.
Para comprender la importancia del índice glucémico es necesario revisar brevemente que es lo que pasa cuando un individuo ingiere una porción de hidratos de carbono. Antes de comer, un individuo sano tiene unos niveles de glucosa en sangre comprendidos entre 80-100 mg/dL. Estos niveles se mantienen constantes en los períodos interprandiales por un mecanismo homeostático en el que el glucógeno almacenado en el hígado es transformado a glucosa a medida que el organismo necesita energía. Inmediatamente después de comer, a medida que se absorben los hidratos de carbono rápidamente asimilables, la glucosa en sangre asciende hasta llegar a 160-180 mg/dL a cabo de una hora y a 130-140 mg/dL a las 2 horas, según sea el índice glucémico del alimento.
Estos elevados niveles de glucosa en sangre desencadenan una serie de acontecimientos puestos en marcha por el sistema de control del organismo. Cuando la sangre rica en glucosa llega a las células b del páncreas, estas detectan estos altos niveles de glucosa y comienzan a segregar insulina. La insulina es una hormona de importancia crucial ya que participa en complejísima serie de mecanismos que sólo recientemente han sido dilucidados. En primer lugar, la insulina pasa a la sangre siendo distribuida por todo el organismo. En virtualmente todas las células de todos los tejidos de éste, existen receptores insulínicos - un receptor es un "enchufe" donde se inserta una "clavija" siendo diferente cada receptor según sea la "clavija" que debe alojar" - cuyo número oscila entre 40 receptores en cada eritrocito hasta más de 200.000 en cada hepatocito o adipocito. Al acoplarse la insulina a su receptor, la célula correspondiente recibe un mensaje para que ponga en marcha mecanismos específicos. En una célula muscular, la insulina hace que se active una proteína transportadora de glucosa, para que esta pueda ser introducida y "quemada" en la célula. En los hepatocitos, la insulina hace que estas células comiencen a fabricar y almacenar el glucógeno, un hidrato de carbono fisiológico que el hígado utiliza como reserva energética para los períodos de ayuno. En los adipocitos y en los hepatocitos, la insulina promueva la fabricación de lípidos a partir de la glucosa, lípidos que son almacenados como reserva energética a largo plazo.

jueves, 7 de julio de 2011

La diabetes y el cuidado de tu piel

Que lo dulce no te quite la suavidad. Es muy común que las personas con diabetes tengan problemas de la piel, ya que la elevación en el nivel del azúcar o glucosa en la sangre hace que esta pierda hidratación, se reseque y tenga más riesgos de lesionarse e infectarse. Para que puedas mantener tu piel suave e hidratada, aquí te damos algunas recomendaciones para los cuidados diarios de tu piel que son fáciles de seguir.
Desde que Alberto tiene diabetes se controla de no comer tantos dulces y trata de hacer más actividad física para mantener sus niveles de glucosa a raya. Sin embargo, tiene un problema recurrente: se le seca la piel de los pies y le aparecen unas grietas una y otra vez. Como hace tiempo le ocurre esto, suele aplicarse crema como le recomendó su médico (pero no entre los dedos de los pies, porque allí se mantiene la humedad y le salen hongos). Eso lo soluciona, hasta que vuelve a aparecer.
Lo que Alberto no sabe es que posiblemente su problema de resequedad en la piel puede estar provocado, justamente, por su diabetes. Por eso es importante que, además de controlar lo que come, también tenga otros cuidados para evitar complicaciones de la piel asociadas a esta enfermedad.
Así, por ejemplo, la piel es uno de los órganos que necesita cuidados especiales en las personas que tienen diabetes. Esto se debe a que, cuando los niveles del azúcar están elevados, la piel se reseca y se deshidrata, porque el cuerpo pierde líquidos. De ese modo, puede causar comezón y dolor, y al rascarte puedes agrietar la piel e irritarla.
Si se produce una lesión o herida, los gérmenes o microbios pueden entrar al cuerpo con más facilidad, provocando una infección. Y como el exceso de glucosa alimenta a los microbios también, eso hace que la infección sea mayor y más difícil de sanar.
Por eso es importante mantener a la piel hidratada, lo que no significa ni húmeda ni transpirada. ¿Por qué? Porque la humedad provoca la aparición de hongos (tal como le ocurre a Alberto), que es otra de las condiciones comunes de la diabetes, especialmente en personas con sobrepeso.
Se estima que un tercio de las personas con diabetes padecerán, en algún momento de sus vidas, un problema dermatológico (de la piel) provocado por esta enfermedad. De hecho, el primer indicio de que una persona tiene diabetes, puede ser la presencia de problemas en la piel relacionados con hongos, úlceras crónicas e infecciones.

sábado, 2 de julio de 2011

De la perversidad del hombre

Cada uno de nosotros nos enfrentamos a situaciones que en la mayoría de los casos son impensables, situaciones sumamente adversas que jamás nos hubiésemos imaginados, sin embrago Dios creador nos da la capacidad de enfrentarlos y lograr si se quiere, adaptarnos a ellas. Estar privado de libertad no es justamente lo que alguien en su sano juicio desearía, pero la infamia en lo que se ha convertido mi detención y posterior proceso judicial no tiene parangón (La Infamia en la Antigua Roma, es lo que se conceptúa como la "Degradación del honor civil", que consiste en la pérdida de reputación o descrédito en la que caía el ciudadano romano una vez efectuado el Censo por parte del magistrado competente (Censor). De esta forma, era tachado con nota de Infamia. http://es.wikipedia.org/wiki/Infamia).
Un proceso sin pies ni cabeza que mantiene ya casi un año privado de libertad en un calabozo  del SEBIN.  De 115 elementos de convicción presentados por el Ministerio Publico solo uno de ellos hace mención a mi persona y es el de manifestar que era Director o Miembro del Directorio de la extinta CNV. (Son los elementos de convicción los argumentos que le permiten pensar a la parte acusadora que se puede presentar un caso para juicio y ganarlo. Ellos son el producto de las investigaciones y entrevistas con las personas que de una u otra forma pueden dar información que conduzca a la determinación de responsables..., no son producto del azar, son producto de un trabajo científico de búsqueda de la verdad.  Reflexiones en positivo  Por: Sigfredo Leal Levy ) 
En dicho escrito de acusación donde se presenta el desarrollo de los referidos elementos de convicción, es tal la aberración legal, falta de ética y profesionalismo que aparezco en algunas partes del expediente con el nombre cambiado, la cedula de identidad no se corresponde con la mía ni siquiera el cargo de la persona que están acusando se corresponde, entonces cual es el ensañamiento o es una sentencia por encargo, me pregunto mi dios que hice para provocar la ira de quien dirige los destinos del país, es un caso tan insostenible que en la audiencia preliminar que se suspendió por falta de pruebas y ante consulta telefónica de la ciudadana juez no se a que personaje, se retiro de la sala y pasado un rato envió a la secretaria para informarnos que estaba suspendido el acto y que no se pronunciaría y hasta el sol de hoy  , el COOP prohíbe expresamente tal situación.
 

domingo, 26 de junio de 2011

Del origen de la cocina venezolana... una aproximación

Para investigar sobre los origenes de la cocina venezolana y su evolución debemos remontarnos a epocas muy antiguas que nos permitan determinar la evolución de la cocina de nuestros conquistadores e inferir al respecto utilizando el método deductivo. Si bien utilizare una invetigacion del tipo documental recopilando escritos de otros autores y otras fuentes.

Como colofón los primeros en llegar a estas tierras, fueron los españoles, gentes de toda clase social, para ejercer las mas variadas ocupaciones, y asentarse por tiempo indefinido; eran portadores de una carga de tradiciones que tratarían de mantener vivas en América.

En los centros poblados, se imito la arquitectura de diversos estilos ibéricos, y en ellas se reflejo parte de las características propias de la construcción en los lugares de procedencia de los colonizadores.

Los puertos venezolanos, por su estratégica ubicación servían al transito de embarcaciones venidas de Canarias, con vinagre y vino, en su camino a Cartagena y México. Llegaba en abundancia la harina de trigo, vinos y otras bebidas alcohólicas, garbanzos y otros granos, frutas secas y en almíbar, pasas, almendras, jamones, bizcochos y ajos. El comercio, legal o ilegal, surtía a la capital y las demás provincias de bebidas y alimentos, al mismo tiempo que se extraían de tierras venezolanas azúcar, cacao, café, maíz, sebo y carnes ahumadas.

Los productos importados de Europa, constituían bienes muy apreciados, que podían adquirirse directamente o en las pulperías.

Rasgos Generales.

Podemos señalar como característicos de la cocina colonial los siguientes rasgos:

- El mantenimiento de los patrones de consumo de productos elaborados en base de maíz y yuca, pese a la incorporación de derivados del trigo en la dieta cotidiana.
- Al desarrollarse la explotación ganadera se introdujeron exitosamente en la dieta del venezolano las carnes de vacuno, porcino, aves de corral y sus derivados.
- Se incorporó el uso de especias para preservar y adobar alimentos.
- El ají reforzó su papel como condimento de diversas preparaciones y el onoto adquirió importancia en la coloración de comidas, por su efectividad y fácil adquisición.
- Se adopto la utilización de grasas animales y vegetales.
- La miel fue desplazada como edulcorante por los derivados de la caña de azúcar.
- La repostería adquirió singular importancia, se originaron nuevas versiones de dulces conocidos y se crearon variedades cuya importancia perdura hasta hoy.

Las principales opciones de cocción fueron:

El asado, correspondiente a una exposición directa al fuego, en un tiempo, mayor o menor, según fuese requerido.
El hervido de carnes y de frutos de la tierra, en forma simple o combinando sabores.

Tres técnicas nuevas adoptaron y extendieron ampliamente:

- La fritura, utilizada tanto en alimentos de origen vegetal como animal, dulces o salados.
-El guisado, que combino la fritura sofrito y el hervido, se empleo para carnes y vegetales, incluía en ocasiones lo que se llamo "el cuajado", que consistía en espesar la preparación, lo cual se lograba con yare (de Yuca), masa de maíz o miga de pan.
- El horneado, especialmente para la cocción de panes , y mas aun de tortas, aunque fue aprovechado para otros productos derivados de harinas de trigo, maíz, para carnes y vegetales. Se hicieron hornos, hornos rudimentarios al instalar sobre el fogón un caldero grande cubierto con su tapa, encima de la cual se colocaban brasas para proporcionar un calor mas uniforme.

Para la preservación de alimentos , se emplearon principalmente:

- El ahumado de carnes y granos, siguió siendo uno de los mas utilizados. Se acostumbraba colocar en la cocina , para beneficiarse del humo de los fogones, diversas carnes, quesos, y embutidos.
- El acecinado: cortado, salado, y secado al aire libre de piezas de carne, si estaban bien tratadas, podían durar hasta mas de dos meses en buen estado.
- En pescados se uso ampliamente la salazón, en especial para los días de cuaresma , cuando llegaban a pueblos y zonas rurales distantes de las costas marinas lisas, jureles y lebranches "salpresos." Se estilaba en menor escala el escabechado.
- La salazón se empleó extensamente para la preservación de carnes de vacuno y porcino. en todo caso la sal, se aplicaba previo corte de las piezas de carne, ante de su exposición al sol. - Se preparaban una serie de quesos tipo blanco frescos, leche cortada y aliñada, picantes o no. - Se hacían los sueros, que se envasaban en recipientes de tapara, de loza, o vidrio "curados" para ese fin.
- De frutales y verduras se confeccionaron dulces en almíbar, así como las llamadas "conservas " o granjerías en una generosa variedad. Las legumbres se consumieron crudas o hervidas en agua .
- El casabe, guardado en condiciones adecuadas, podía durar varios meses en buen estado, por lo que fue alimento necesario en largas jornadas distantes de centros poblados, y en expediciones. Mas tarde durante el periodo independentista, seria valioso bastimento de las tropas.

Combustibles.

El principal combustible era al leña, que en los campos se cortaba verde y así se podía usar; se obtenía un fuego vivo, pero ahumado en exceso, por lo que lo usual era esperar que esta se secara. Se guarda en trojas, o se enviaba a centros poblados urbanos para su expendio por parte de los vendedores ambulantes o pulperos.

Entre los utensilios y artefactos más comunes de las cocinas venezolanas durante el período colonial destacan:

- Abanadores, Sopladores o Avivadores del fuego, especies de abanicos tejidos de fibra de caña, con mango o sin el. En regiones costeras el avivador se hizo en tejido de palma de coco; también se usaban para estos fines, pedazos de cartón y viejos sombreros de paja.
- Budare, platón de barro cocido o de hierro, también llamado aripo, de tamaño variable que se colocaba encima de topias o de las hornillas de los fogones para hacer arepas, cachapas, carnes, y otros alimentos.
- Escobilla, para limpiar el budare, y una especie de hisopo para humedecerlo con grasa. Rallos, hechos de madera con clavos o de hojalata . Cedazos o Manares, hechos con fibra vegetales duras o con alambres , de forma circular o cuadrada.
- Morteros de Piedra Granítica con sus Pilones o Manos, para diversos usos : para moler el maíz, para machacar los aliños. Otros para triturar la sal, que poseían en la base una hendidura alargada sobre la que se hacia rodar la mano y también la piedra. Bateas, Bandejas de madera en las cuales se podía mezclar diversos ingredientes. Algunas de mayor tamaño servían también como recipientes para lavar los enseres; hubo bateas de totuma.
- Cucharones y Paletas de madera. Servían para remover, mezclar y otros procesos de la cocina. Remillón, pequeño recipiente unido a un mango largo, empleado para extraer o trasvasar líquidos. - Espumaderas, recipiente agujereado- hecho de tapara o metal unido a un mango largo, empleado para descachazar - preparaciones liquidas o para escurrir cualquier fritura.
- Burro de colar Café, soporte de madera sobre el que se colocaba el colador hecho de tela, bajo el cual se disponía un recipiente donde caía el líquido.
- Se emplearon también las llamadas grecas, o coladores hechos de hojalata.
- Camasa, recipiente hecho del fruto del camaso, que era empleado para diversos fines en la preparación de comida.
- Cerebe o Pichagua, especie de cuchara de forma pelatoides sin mango, elaborada de la corteza del fruto del totumo, se usaba tanto en las labores culinarias como para comer.
- Platos de Tapara, Vasos de Tapara, Tazas, de acuerdo al tamaño se usaban para servir distintos tipos de líquidos.
- Parrillas, se hacían de alambres o con flejes, cintas metálicas que envolvían algunos grandes empaques importados. Eran empleados para asar alimentos sobre fuego directo.
- Ollas de Barro, de Hierro, de Cobre, de diferentes tamaños con tapa o sin ella . También sartenes y calderos, especialmente utilizados para freír y guisar, estas piezas tuvieron variedad de nombres locales.
- Loza Criolla, que se sometía previamente a un proceso de curación con cambur verde. Loza Importada, empleada principalmente para el servicio de la mesa en las casas de familias acomodadas.
- Cubiertos de Madera y de Metal, talladas en madera resistente y con ornamentos, platería importada.
- Molinillo, pieza de madera tallada con aspas cortas y mangos especial para batir y revolver.
- Garabatos, ganchos de madera que se colocaban en las paredes de la cocina para sujetar piezas de carne salada o ahumada.
- I, varas de madera y también de metal en las cuales se atravesaban trozos de carne para azar especialmente en fogones al aire libre.

sábado, 25 de junio de 2011

“Es imposible aplicar el delito de distracción de fondos bancarios a hechos de antes del 2-3-2011″

Los abogados de Mario Dickson, exfuncionario de la CNV e imputado en el caso de las estafas bancarias, han emitido una nota donde expresan algunas consideraciones jurídicas respecto a la imposibilidad de aplicar el delito de apropiación o distracción de fondos, por hechos ocurridos antes del 2 de marzo de 2011.

En nuestro carácter de abogados defensores del profesor Mario Dickson Gutierrez, hemos considerado prudente realizar los siguientes señalamientos respecto a la imposibilidad de aplicar el delito de apropiación o distracción de recursos a hechos ocurridos con anterioridad al día 2 de marzo de 2011.
En tal sentido consideramos que el pronunciamiento de la Sala de Constitucional del Máximo Tribunal, que actualmente conoce del asunto, jamás podría ser contrario al sobreseimiento de la causa en cuanto a la acusación por la presunta comisión del delito de apropiación o distracción de recursos.
ACUSADOS POR DELITO DE APROPIACIÓN O DISTRACCIÓN DE RECURSOS: NO PUEDE CONSIDERARSE OTRO PRONUNCIAMIENTO POR PARTE DEL MÁXIMO TRIBUNAL MÁS QUE EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA
Resulta ser que, la Ley de instituciones del sector bancario, funge como Ley abolitiva de la norma penal contenida en la Ley General de Bancos y otras instituciones financieras, por la cual el Ministerio Público acusó a varios individuos, toda vez que contiene una disposición derogatoria expresa, y, además, no prevé como punible, en la totalidad de su texto normativo, la conducta que describe el referido artículo 432.

Debemos observar muy cuidadosamente que la Ley de instituciones del sector bancario, del mes de diciembre de 2010, incluyó en su artículo 213, un tipo penal denominado “apropiación o distracción de recursos”, pero que no describe la misma conducta que establecía como punible el tantas veces comentado artículo 432
del Decreto con rango y fuerza de Ley de reforma parcial de la Ley General de Bancos y otras instituciones financieras, por lo que debemos afirmar, sin temor a equivocarnos, que el legislador había abolido ese tipo penal.

Es por ello que, han de tenerse como despenalizados los hechos que describía la Ley General de bancos y Otras Instituciones Financieras, y en tal sentido es necesario decretar el sobreseimiento en la causa, conforme a lo establecido en los artículos 24, 44 y 49 ordinal 6° de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, y 1 del Código Penal venezolano vigente.
Ahora bien con motivo de la entrada en vigencia, el día 2 de marzo de 2011, del Decreto Presidencial N° 8.079, con fuerza, rango y valor de Ley de Reforma Parcial de Ley de Instituciones del Sector Bancario, se incluyó nuevamente como punible el hecho despenalizado, pero sin embargo este no puede aplicarse retroactivamente, pues así lo establece el artículo 24 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
Pues bien, esa Ley penal, estatuida a través del decreto presidencial aludido, no puede aplicarse retroactivamente.
De manera pues que, se ha de tener en cuenta que la Ley aplicable a los casos que se han referido, es la llamada Ley intermedia, según la cual se derogó el tipo penal por el cual se pretendía celebrar juicio oral y público a nuestro defendido. Jamás podría pensarse que sea posible aplicar, retroactivamente, el artículo 216 del Decreto con Fuerza, valor y rango de Ley de Reforma Parcial de la Ley de Instituciones del Sector Bancario, pues esa norma ha establecido un nuevo hecho punible que antes no existía.
No se trata de una modificación del tipo penal, no se trata de una sucesión de leyes penales, lo que ocurre, es simplemente que el “Legislador” ha considerado la inclusión de un nuevo tipo penal en la Ley de Instituciones del Sector Bancario, que antes no existía en su texto normativo.

De modo que, en cuanto a todo aquel que haya sido imputado, o acusado, o esté simplemente ya condenado, todo por hechos ocurridos con anterioridad al 02 de marzo de 2011, por la presunta comisión del delito de “apropiación o distracción de recursos”, que estaba previsto en la Ley General de Bancos y Otras Instituciones Financieras, o en cualesquiera de su reformas, a pesar de la entrada en vigencia del Decreto con Fuerza, Rango y Valor de Ley de Reforma Parcial de la Ley de Instituciones del Sector Bancario, no puede aplicársele la norma Penal contenida en su artículo 216, debido, fundamentalmente, a la irretroactividad de la Ley, y debe, en consecuencia, ser sobreseído en su causa respecto a tal imputación, acusación, y en el caso de la condena, debe ponérsele en libertad, o bien revisarse la pena y reajustarse de ser el caso.

martes, 14 de junio de 2011

Los veremos en La Haya

13 Junio, 2011
El 27/5/2011, la página web de Globovisión reseñó que el TSJ había desaplicado el artículo 213 de la Ley de Instituciones del Sector Bancario del 28/12/2010.
Explicaba la nota que dicha ley no contemplaba el supuesto de que quien perpetrara la apropiación o desvío de fondos fuera la institución bancaria, o una persona natural que ocupara en ella un cargo de administración o de dirección. Esto sí estaba contemplado en la antigua Ley de Bancos y Otras Instituciones Financieras, derogada el 28/12/2010.
Encima de todo, desaplicaba el artículo por “ininteligible”. Así mismo, “ininteligible”. Para los legos en materia de Derecho, ya es difícil entender lo “inteligible”. Imagínense lo ininteligible.
El efecto de la omisión señalada -por el principio de la legalidad- es que una acción considerada como delito cesa de ser considerada hecho punible cuando deja de existir el delito. En otras palabras, quien realice la acción no puede ser sancionado por una acción que dejó de ser punible:
“Ninguna disposición legislativa tendrá efecto retroactivo excepto cuando imponga menor pena. Las leyes de procedimiento se aplicarán desde el momento mismo de entrar en vigencia aún en los procesos que se hallaren en curso; pero en los procesos penales, las pruebas ya evacuadas se estimarán en cuanto beneficien al reo o a la rea, conforme a la ley vigente para la fecha en que se promovieron. Cuando haya dudas se aplicará la norma que beneficie al reo o a la rea” (CN art. 24) “Las leyes penales tienen efecto retroactivo en cuanto favorezcan al reo, aunque al publicarse hubiere ya sentencia firme y el reo estuviere cumpliendo la condena” (Código Penal, art. 2)
Pero en El Universal del 27 de mayo leímos que “todos los ex directivos de los bancos intervenidos desde 2009 que permanecen detenidos seguirán tras las rejas, aún cuando la Asamblea Nacional dejó sin efecto el delito por el cual estaban siendo procesados”.
¿Qué pasa cuando las decisiones del más alto tribunal de la República entran en conflicto con la Constitución Nacional y los Derechos Humanos universalmente enunciados?
Cuando el TSJ maniobra para desaplicar la norma penal contenida en el artículo 213, intenta impedir que los reos y procesados queden en libertad, a pesar de que las acciones por las que estaban sometidos a procesos penales dejaron de ser delitos.
El resultado de liberar a los reos o procesados puede resultar chocante por ser la consecuencia de un tecnicismo pero, por otra parte, está la inmensa negligencia de la Asamblea Nacional que aprobó leyes sin revisión, análisis, experticia ni técnica y trató de enmendar el error utilizando una Ley Habilitante que era para las lluvias.
La AN quiso contener los daños hacia el futuro modificando la Ley de Instituciones del Sector Bancario el 28 de diciembre de 2010 e incluyó en el actual artículo 216 (que equivale al anterior artículo 213 por cambio de numeración) los supuestos que habían omitido. Este artículo sí penaliza a los funcionarios y empleados bancarios por apropiación o distracción de recursos.
¿Y por qué entonces se desaplicó el artículo 213 de la Ley de Instituciones del Sector Bancario de 2010?
La respuesta: para aplicar el artículo el artículo 379 de la Ley General de Bancos y otras Instituciones Financieras de 2008, considerarlo vigente (aunque había sido derogado) y sancionar a los procesados en base a dicho artículo. Un trajín de marca mayor.
Ese tribunal -dizque supremo- tergiversó el derecho para evitar la excarcelación de reos y procesados e ignoró que sus pronunciamientos en esta materia solamente pueden tener efectos de ahora hacia el futuro (ex nunc) y no de ahora hacia el pasado (ex tunc). Al desaplicar el artículo 213, se aplicó el derogado 379 y se sancionó a los procesados. Hago notar que en la Exposición de Motivos de la Constitución Nacional dice que “se consagra la garantía de no retroactividad de las leyes y de las disposiciones normativas y se amplía su alcance a fin de que en caso de dudas sobre su vigencia temporal, se aplique la norma que beneficie al reo.”
Jueces, los veremos en La Haya.
@cjaimesb

sábado, 11 de junio de 2011

JAVU a la opinión publica

Cuando se hace revisión de los acontecimientos en distintas partes del
mundo, nos podemos dar cuenta que el descontento general por cadenas
políticas, económicas y autoritarias, despiertan el espíritu rebelde
de la juventud e inspira a una gran masa a salir de manera decidida a
las calles, en Túnez, agobiados por el alto costo de la vida los
jóvenes tomaron las calles y le dieron fin a un régimen, luego de que
un hombre cansado ya de los abusos del gobierno se rociara gasolina y
se encendiera en llamas, se inmolo por su causa.
Como en Túnez, hemos visto cual domino, una cadena de acontecimientos
que siguió por Egipto, Libia, Siria, Yemen y ha llegado hasta España,
es la perdida del miedo, la expresión de la indignación, la
comprensión de que unos pocos nunca podrán doblegar el espíritu de
libertad de la inmensa mayoría.
En la actualidad la lucha que a la juventud venezolana le ha tocado
encabezar cuenta con un adversario distinto y mucho más fuerte que el
que enfrentaban nuestras madres y padres en el 2002, 2003 y 2004, en
aquella oportunidad los que se oponían en acción a las políticas de el
régimen que pretendía instaurar el comunismo, lo hacían acompañados de
millones de personas en la calle, que poco a poco se fueron
desgastando, que poco a poco se fueros adaptando, que poco a poco se
ACOSTUMBRARON.
Se acostumbraron al abuso, se acostumbraron al miedo, a la
inseguridad, a vivir sin luz, a vivir sin agua, a esperar las próximas
elecciones, se acostumbraron a ver como detenían a los que en un
momento liderizaban las protestas, se acostumbraron a la persecución,
a la agresión, al cierre de medios, a la expropiación, a la escasez, a
concentrarse en trabajar sin importar lo que pase, se acostumbraron a
ver huelgas de hambre.
Desde el 2007 la lucha en la calle por los derechos civiles y los
principios democráticos, han sido encomendado a la juventud
venezolana, pero esta responsabilidad a veces pareciera que fuera solo
de una generación y a medida que pasa el tiempo va quedando en
responsabilidad de unos pocos, como si los demás no tuvieran el deber
de rescatar la patria de las manos de quienes han secuestrado nuestro
país.
Hace 17 días nos instalados frente a la Dirección Ejecutiva de la
Magistratura, para exigir al Gobierno Nacional y los Organismo
encargados de administrar la justicia que cumplieran con el acuerdo al
que se había llegado en la ultima huelga de la OEA en febrero del
presente año con el ministro Tarek El Aissami, acuerdo que concreto
las liberaciones de Biagio Pillieri, Freddy Curupe, Silvio Merida,
Felipe Rodriguez y Otto Guebauer, pero que dejo en papel las
libertades inmediatas de Marco Hurtado y Arube Perez, como también las
mesas de trabajo para conseguir la liberación de otros 22 presos
políticos, la atención médica inmediata de 11 de ellos y la
incorporación de una comitiva de nuestra organización para las
propuestas de mejoras al sistema penitenciario. Nos incumplieron y por
ello insistimos, protestamos, exigimos y no por capricho, si no por
deber, nuestra protesta siempre acompañada de una propuesta seria,
incluimos en nuestro pliego 2 proyectos de Ley, uno de Emergencia
Penitenciaria y el otro de Amnistia y reconciliación nacional.
En los 17 día frente a la DEM, no solo sufrimos el ataque de vagos y
delincuentes, de la Guardia Nacional, de algunos empleados de los
ministerios que quedan en la Av Francisco de Miranda, incluso
agresiones de un funcionario de la policia de Chacao que golpeo a una
de las chicas en el rostro, sufrimos también por la indiferencia, la
indiferencia de quienes se acostumbraron.
Hoy decidimos levantar nuestra protesta y la levantamos luego de haber
generado una tranca por 3 horas en la Av. Francisco de Miranda el día
de ayer, una tranca que por cierto genero disgustos a quienes venían
agotados de sus trabajos, nuestra intención no era perjudicar, nuestra
intención es hacerlos entrar en conciencia, estamos aquí en el mismo
país que ustedes, con los mismos problemas, con similares deberes y
sobre todo con el mismo gobierno incapaz, ineficiente y abusador, de
la misma manera que logran expresar su disgusto porque unos muchachos
retrasen su llegada a casa, de esa misma manera deberias expresar su
descontento por los problemas que estas padeciendo.
No nos levantamos en retirada, nos levantamos porque la agenda que
aplicamos para luchar contra el gobierno, no nos la pondrá el
gobierno, la pondremos nosotros, y si en un lugar no somos escuchados,
buscaremos otro y gritaremos mas duro, gritaremos para que el gobierno
respete y cumpla, gritaremos para que #LosAcostumbrados dejen de serlo
y se conviertan en Venezolanos INDIGNADOS.
Resistencia Hasta la Victoria!
Julio César Rivas
Presidente Fundador de JAVU